Videovigilancia, confianza institucional y seguridad ciudadana en República Dominicana  
Welinton Rafael Mejía González  
Carlos Eduardo UC Ríos  
Volumen: 18  
Recepción: 11/06/2026  
Número: 3  
Trimestre: julio-septiembre  
Aprobado: 10/08/2026  
Año: 2026  
Artículo original  
Videovigilancia, confianza institucional y seguridad ciudadana en República  
Dominicana  
Video surveillance, institutional trust, and citizen security in the Dominican  
Republic  
1
Welinton  
Rafael  
Mejía  
González  
Resumen  
La instalación de cámaras no garantiza por sí sola mayor seguridad percibida ni un uso  
probatorio eficaz de las grabaciones, para la seguridad ciudadana en la República  
Dominicana, a causa de debilidades de confianza institucional, interoperabilidad técnica  
y regulación jurídica específica. En ese contexto, el presente artículo tuvo como objetivo  
analizar la incidencia de la videovigilancia, la confianza institucional y el marco  
normativo en la percepción de seguridad ciudadana en la República Dominicana, a  
partir de los resultados de una investigación doctoral con enfoque mixto. En el  
componente cuantitativo, se aplicó un cuestionario tipo Likert a 728 participantes y los  
datos se procesaron en IBM SPSS Statistics mediante análisis de fiabilidad, análisis  
factorial exploratorio, correlaciones de Pearson y regresión múltiple; en el cualitativo, se  
realizaron entrevistas semiestructuradas a ciudadanos, autoridades y expertos jurídicos,  
analizadas mediante codificación temática. El instrumento presentó un alfa de Cronbach  
de 0.813 y el modelo explicó el 44% de la varianza de la seguridad percibida. La  
confianza institucional fue el predictor principal (β = 0.520), seguida por el marco  
normativo (β = 0.150) y la efectividad percibida del sistema (β = 0.060). Como aporte,  
se fundamenta la necesidad de una norma jurídica específica sobre videovigilancia que  
integre reglas claras, interoperabilidad, cadena de custodia, control institucional,  
privacidad y debido proceso, en tanto es pertinente e impacta positivamente solo  
cuando se articula con instituciones confiables, capacidad operativa y garantías de  
derechos fundamentales.  
Palabras clave: videovigilancia, seguridad ciudadana, confianza institucional, marco  
normativo, República Dominicana.  
1
Doctorando en Proyectos, Área de Arquitectura. Universidad Internacional Iberoamericana (UNINI). Santo  
Domingo, República Dominicana.  
2 Doctor en Ciencias en Ingeniería Eléctrica. Docente. Universidad Internacional Iberoamericana (UNINI). Santo  
Domingo, República Dominicana.  
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Welinton Rafael Mejía González  
Carlos Eduardo UC Ríos  
Volumen: 18  
Recepción: 11/06/2026  
Número: 3  
Trimestre: julio-septiembre  
Aprobado: 10/08/2026  
Año: 2026  
Artículo original  
Abstract  
The installation of cameras alone does not guarantee greater perceived security or an  
effective evidentiary use of recordings for citizen safety in the Dominican Republic, due  
to weaknesses in institutional trust, technical interoperability, and specific legal  
regulation. In this context, this article aimed to analyze the impact of video surveillance,  
institutional trust, and the regulatory framework on the perception of citizen security in  
the Dominican Republic, based on the results of a doctoral research with a mixed-  
methods approach. In the quantitative component, a Likert-type questionnaire was  
applied to 728 participants and the data was processed in IBM SPSS Statistics through  
reliability analysis, exploratory factor analysis, Pearson correlations, and multiple  
regression; in the qualitative component, semi-structured interviews were conducted  
with citizens, authorities, and legal experts, analyzed through thematic coding. The  
instrument showed a Cronbach's alpha of 0.813 and the model explained 44% of the  
variance in perceived safety. Institutional trust was the main predictor (β = 0.520),  
followed by the regulatory framework (β = 0.150) and the perceived effectiveness of the  
system (β = 0.060). As a contribution, the need for a specific legal standard on video  
surveillance is supported, one that integrates clear rules, interoperability, chain of  
custody, institutional control, privacy, and due process, since it is relevant and only has  
a positive impact when combined with trustworthy institutions, operational capacity, and  
guarantees of fundamental rights.  
Key words: video surveillance, citizen security, institutional trust, regulatory framework,  
Dominican Republic.  
Introducción  
La seguridad ciudadana constituye uno de los problemas públicos más sensibles para  
la República Dominicana, en tanto afecta la convivencia social, la confianza  
institucional, el ejercicio de derechos y la percepción cotidiana de protección en los  
espacios públicos. En el contexto dominicano, la inseguridad ocupa un lugar relevante  
en la agenda pública, debido a su impacto en el pleno desenvolvimiento de las  
personas, la estabilidad de las comunidades y la confianza en las instituciones. En la  
investigación doctoral de base, este problema se formula a partir de la persistencia de  
altos niveles de percepción de inseguridad y de la necesidad de analizar cómo las  
tecnologías de videovigilancia pueden apoyar a las autoridades sin erosionar derechos  
fundamentales ni debilitar la tutela judicial efectiva.  
Desde esa perspectiva, la videovigilancia aparece como una herramienta técnica, pero  
también como un fenómeno jurídico, social e institucional. Su incorporación a los  
sistemas de seguridad pública permite monitorear espacios, documentar incidentes,  
registrar hechos relevantes, identificar sospechosos y generar insumos útiles para la  
investigación penal. Sin embargo, su utilización también produce tensiones  
relacionadas con la privacidad, la protección de datos personales, la dignidad humana,  
el acceso a las grabaciones y el uso procesal de las imágenes obtenidas mediante  
cámaras.  
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Carlos Eduardo UC Ríos  
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Número: 3  
Trimestre: julio-septiembre  
Aprobado: 10/08/2026  
Año: 2026  
Artículo original  
El desarrollo tecnológico transforma las formas tradicionales de vigilancia y exige  
analizar sus particularidades en cada contexto nacional. Lio (2015) sostiene que la  
vigilancia no solo cambia con el avance tecnológico, sino que adopta características  
propias según la cultura, las instituciones y las respuestas políticas de cada sociedad.  
Por ello, aunque las experiencias internacionales ofrecen referentes útiles, el análisis de  
la videovigilancia en República Dominicana requiere considerar sus condiciones  
jurídicas, institucionales y sociales específicas.  
En el país, la discusión sobre videovigilancia no se agota en la utilidad operativa de las  
cámaras. La tesis doctoral identifica que la Ley 184-17 (Congreso Nacional de la  
República Dominicana, 2017), vinculada al Sistema Nacional de Atención a  
Emergencias y Seguridad 9-1-1, constituye uno de los principales referentes normativos  
en la materia. No obstante, también advierte que el ordenamiento jurídico dominicano  
todavía no cuenta con una ley especial que regule de manera integral la videovigilancia  
pública y privada, incluyendo espacios de acceso público, instituciones públicas,  
empresas estatales y ámbitos privados donde se instalan sistemas de monitoreo.  
Esta insuficiencia normativa adquiere relevancia porque el uso de grabaciones de  
videovigilancia puede incidir en investigaciones administrativas, operativas y penales.  
Para que esas grabaciones puedan respaldar procesos con valor jurídico, se requieren  
reglas claras sobre instalación, finalidad, acceso, conservación, cadena de custodia,  
autenticidad, integridad, interoperabilidad y empleo procesal. Sin estos parámetros, la  
videovigilancia corre el riesgo de convertirse en una infraestructura tecnológica visible,  
pero limitada en su capacidad para fortalecer la seguridad pública y la justicia.  
La investigación doctoral que sustenta este estudio, también incorpora el análisis de la  
Ley 172-13 “Sobre Protección de Datos de Carácter Personal” (Congreso Nacional de  
la República Dominicana, 2013) y la Ley 53-07 “Sobre Crímenes y Delitos de Alta  
Tecnología” (Congreso Nacional de la República Dominicana, 2007). Estas normas  
aportan elementos relevantes para la protección de datos, la confidencialidad de la  
información y la seguridad de los sistemas tecnológicos. Sin embargo, el estudio señala  
que tales disposiciones no sustituyen la necesidad de procedimientos especiales para  
la videovigilancia, especialmente cuando las imágenes se utilizan como fuente de  
información institucional o como posible evidencia en procesos judiciales.  
El problema adquiere mayor complejidad cuando se examina desde el marco  
constitucional dominicano. La investigación de base destaca la necesidad de respetar  
las garantías de los derechos fundamentales y la tutela judicial efectiva, particularmente  
respetando los artículos 68 y 69 de la Constitución de la República Dominicana  
(Asamblea Nacional Revisora de la República Dominicana [ANRRD], 2015). Estos  
preceptos obligan a que toda utilización de tecnologías de vigilancia se desarrolle bajo  
condiciones que protejan el debido proceso, la legalidad, la defensa, la integridad de la  
prueba y el respeto a los derechos fundamentales del ciudadano dominicano.  
Desde el plano teórico, el estudio se apoya en la noción de seguridad humana del  
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (en lo adelante, PNUD), que  
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Artículo original  
desplaza el análisis desde la mera reacción penal hacia la protección integral de la  
persona y la comunidad (PNUD, 1994). Este enfoque permite comprender que la  
seguridad no debe reducirse al control del delito, sino que debe vincularse con la  
protección de la vida, la libertad, la dignidad, la convivencia y la confianza social. Por  
ello, la videovigilancia solo puede valorarse adecuadamente si se integra a políticas  
públicas orientadas al bienestar ciudadano.  
Al mismo tiempo, la investigación dialoga con las perspectivas críticas sobre vigilancia,  
control social y panoptismo. El concepto de panóptico, retomado por Foucault (2002),  
permite advertir que la observación permanente puede convertirse en una técnica de  
control cuando no existen límites democráticos, transparencia institucional y regulación  
suficiente. Desde esta mirada, la videovigilancia plantea un dilema central: puede  
contribuir a la prevención del delito y a la investigación criminal, pero también puede  
generar prácticas de vigilancia excesiva si se utiliza sin proporcionalidad, control jurídico  
y rendición de cuentas.  
Los resultados de la investigación doctoral en curso, refuerza esta tensión. El análisis  
cualitativo evidencia que la videovigilancia es percibida como un instrumento  
tecnológicamente útil, pero jurídicamente incompleto. Los ciudadanos valoran su  
utilidad práctica para esclarecer delitos, mientras que los expertos jurídicos enfatizan la  
necesidad de fortalecer el marco normativo, la supervisión institucional, la protección de  
derechos fundamentales y la transparencia en el uso de estas tecnologías.  
Asimismo, los hallazgos cuantitativos, muestran que la percepción de seguridad no  
depende exclusivamente de la presencia visible de cámaras. El modelo estructural de la  
investigación identifica cinco dimensiones asociadas al fenómeno: presencia de  
videovigilancia, efectividad del sistema, confianza institucional, marco normativo y  
privacidad. Entre ellas, la confianza institucional y el marco normativo presentan un  
papel más determinante que la simple instalación de infraestructura tecnológica.  
Estudios recientes sobre videovigilancia inteligente, advierten que los sistemas basados  
en inteligencia artificial pueden fortalecer la seguridad pública, pero requieren especial  
atención a la privacidad, al tratamiento de información personal y al diseño de métricas  
técnicas y éticas de evaluación (Ardabili et al., 2023).  
Esta evidencia permite sostener que la videovigilancia no debe analizarse como  
solución aislada, sino como parte de un sistema más amplio de gobernanza  
tecnológica. El estudio realizado por los autores, concluye que la percepción de  
seguridad ciudadana se encuentra influenciada por la interacción entre factores  
tecnológicos, institucionales y normativos. En consecuencia, la existencia de cámaras  
solo adquiere sentido público cuando se articula con instituciones confiables, reglas  
claras, capacidad operativa, coordinación interinstitucional y garantías de derechos  
fundamentales.  
En ese contexto, el presente artículo tiene como objetivo analizar la incidencia de la  
videovigilancia, la confianza institucional y el marco normativo en la percepción de  
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seguridad ciudadana en la República Dominicana, a partir de los resultados de una  
investigación doctoral con enfoque mixto. El análisis se orienta a demostrar que el  
fortalecimiento de la seguridad percibida no depende únicamente de la expansión  
tecnológica, sino de la legitimidad institucional y jurídica que sostiene el uso de los  
sistemas de videovigilancia.  
Materiales y métodos  
Se desarrolló una investigación con enfoque mixto. En el componente cuantitativo se  
aplicó un cuestionario estructurado a 728 participantes mediante escala tipo Likert de  
cinco niveles. El procesamiento se realizó en IBM SPSS Statistics y comprendió análisis  
de fiabilidad, análisis factorial exploratorio, correlaciones de Pearson y regresión  
múltiple.  
En el componente cualitativo se realizaron entrevistas semiestructuradas a tres grupos  
de informantes: ciudadanía y comunidad, autoridades y operadores de seguridad, y  
expertos jurídicos y académicos. El análisis cualitativo se ejecutó mediante codificación  
abierta, axial y selectiva, lo que permitió identificar patrones discursivos y categorías  
temáticas.  
El análisis normativo se efectuó sobre el marco jurídico dominicano vinculado con la  
videovigilancia y la protección de derechos. Para ello se tomaron como referencia la  
Constitución de República Dominicana (ANRRD, 2015) y las Leyes 184-17, 53-07 y  
172-13 (Congreso Nacional de República Dominicana 2007, 2013, 2017); en diálogo  
con el principio de proporcionalidad y con el enfoque de seguridad humana utilizado en  
la tesis.  
Se garantizó el anonimato de los participantes y el tratamiento agregado de la  
información. Los resultados de las entrevistas se emplearon con fines exclusivamente  
académicos y se triangularon con los hallazgos cuantitativos para fortalecer la validez  
interpretativa del estudio.  
El componente cualitativo se desarrolló mediante 12 entrevistas semiestructuradas,  
distribuidas en tres grupos de informantes clave: seis ciudadanos, tres expertos  
jurídicos o académicos, y tres autoridades, técnicos u operadores vinculados al ámbito  
de la seguridad, estos últimos tratados bajo criterio de confidencialidad.  
El levantamiento del cuestionario cuantitativo se realizó entre el 25 de febrero de 2025 y  
el 16 de octubre de 2025, conforme a los registros temporales de recepción de  
respuestas. La muestra cuantitativa se definió a partir de una población de referencia de  
9,445,281 habitantes, correspondiente al Censo Nacional de Población y Vivienda  
2010, utilizando un esquema probabilístico con nivel de confianza del 95 %, margen de  
error del 5 %, p = 0.5 y q = 0.5. Aunque el cálculo muestral mínimo estimó  
aproximadamente 384 participantes, el estudio procesó una muestra ampliada de 728  
encuestados. Esta decisión fortaleció la base empírica del análisis, en tanto una  
muestra mayor permite incrementar la precisión de las estimaciones y ofrecer una  
aproximación más sólida al fenómeno estudiado, siempre que responda a criterios de  
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delimitación y pertinencia respecto de la población de interés (Hernández Sampieri et  
al., 2014).  
Tabla 1  
Diseño metodológico de la investigación  
Componente  
Descripción metodológica  
Dato o evidencia  
Enfoque metodológico  
Investigación mixta, con integración de técnicas Disponible  
cuantitativas y cualitativas.  
Instrumento cuantitativo  
Población de referencia  
Cuestionario estructurado con escala tipo Likert. Disponible  
Ciudadanos vinculados directa o indirectamente 9,445,281 habitantes  
con la percepción de inseguridad en la  
República  
Dominicana,  
tomando  
como  
referencia una población nacional de 9,445,281  
habitantes según el Censo Nacional de  
Población y Vivienda 2010.  
Diseño  
muestral Muestreo probabilístico, con nivel de confianza Disponible  
cuantitativo  
del 95 %, margen de error del 5 %, p = 0.5 y q =  
0.5.  
Muestra mínima estimada Cálculo muestral mínimo aproximado para 384 participantes  
población finita.  
Muestra  
procesada  
cuantitativa Participantes encuestados incluidos en el 728 encuestados  
análisis empírico.  
Período de levantamiento Aplicación del cuestionario conforme a los 25 de febrero al 16  
cuantitativo  
registros  
temporales  
de  
recepción  
de de octubre de 2025  
respuestas.  
Técnica cualitativa  
Número de entrevistas  
Entrevistas semiestructuradas a tres grupos de Disponible  
informantes clave.  
Entrevistas realizadas a ciudadanos, expertos 12 entrevistas  
jurídicos o académicos, y autoridades, técnicos  
u operadores de seguridad.  
Distribución  
entrevistas  
de Ciudadanos; expertos jurídicos o académicos;  
6
ciudadanos,  
3
autoridades, técnicos  
seguridad.  
u
operadores de expertos  
jurídicos/académicos  
y
3
autoridades/técnicos/  
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operadores  
Diseño  
cualitativo  
muestral Muestreo no probabilístico intencional, según Disponible  
experiencia, conocimiento o vinculación con la  
seguridad pública, la regulación jurídica y la  
videovigilancia.  
Análisis cuantitativo  
Alfa de Cronbach, análisis factorial exploratorio, Disponible  
correlaciones de Pearson y regresión múltiple.  
Software estadístico  
Análisis cualitativo  
Procesamiento de los datos cuantitativos.  
IBM SPSS Statistics  
Codificación abierta, axial y selectiva de las Disponible  
entrevistas.  
Corpus normativo  
Criterios éticos  
Constitución dominicana, Ley núm. 184-17, Ley Disponible  
núm. 53-07 y Ley núm. 172-13.  
Anonimato, confidencialidad de informantes Disponible  
institucionales y uso académico agregado de la  
información.  
Fuente: elaboración propia a partir del diseño metodológico y los datos empíricos de la  
investigación doctoral.  
Resultados  
Perfil sociodemográfico de los participantes  
La muestra estuvo conformada por 728 participantes que respondieron el cuestionario  
diseñado para evaluar la percepción ciudadana sobre el uso de sistemas de  
videovigilancia y su relación con la seguridad pública en la República Dominicana. El  
análisis descriptivo se realizó mediante frecuencias y porcentajes, procesados en IBM  
SPSS Statistics.  
En cuanto a la edad, predominó la participación de adultos jóvenes. El grupo de 18 a 24  
años representó el 37.6% de los encuestados, seguido por el grupo de 25 a 34 años,  
con 33.5%. En conjunto, ambos segmentos concentraron aproximadamente el 71.1%  
de la muestra, lo que evidencia una mayor participación de población joven en el  
estudio.  
Respecto al género, se observó una mayor participación femenina. Del total de  
encuestados, 488 participantes correspondieron al género femenino, equivalente al  
67%, mientras que 240 participantes correspondieron al género masculino, equivalente  
al 33%. Esta distribución permite contextualizar los resultados de percepción de  
seguridad desde una muestra con predominio de mujeres.  
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Recepción: 11/06/2026  
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Trimestre: julio-septiembre  
Aprobado: 10/08/2026  
Año: 2026  
Artículo original  
La distribución territorial mostró una fuerte concentración en la región metropolitana.  
Santo Domingo representó el 46.3% de la muestra y el Distrito Nacional el 29.7%, lo  
que equivale aproximadamente al 76% de los participantes. Esta concentración resulta  
relevante, debido a que las zonas urbanas suelen presentar mayor exposición a  
sistemas de videovigilancia y mayores desafíos asociados a la seguridad ciudadana.  
En relación con el nivel de ingresos, la información fue reportada por 570 participantes,  
mientras que 158 casos fueron registrados como valores perdidos. Esta ausencia de  
respuesta puede explicarse por el carácter sensible de la variable económica, por lo  
que el análisis de ingresos debe interpretarse con cautela dentro del perfil  
sociodemográfico general.  
Tabla 2  
Perfil sociodemográfico de la muestra encuestada  
Variable  
n
%
Género  
Masculino  
240  
488  
33.0  
67.0  
Femenino  
Grupo de edad  
18–24 años  
25–34 años  
35–44 años  
45–54 años  
55–64 años  
65 años o más  
Nivel educativo  
Primaria  
274  
244  
113  
58  
37.6  
33.5  
15.5  
8.0  
28  
3.8  
11  
1.5  
4
0.5  
Secundaria  
Técnico  
37  
5.1  
117  
497  
73  
16.1  
68.3  
10.0  
Universidad  
Posgrado  
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Número: 3  
Trimestre: julio-septiembre  
Aprobado: 10/08/2026  
Año: 2026  
Artículo original  
Area de Residencia  
Urbano  
Rural  
566  
106  
52  
77.7  
14.6  
7.1  
Suburbano  
Fuente: elaboración propia con base en el procesamiento de frecuencias de SPSS.  
Antes de examinar las relaciones entre las variables del modelo, se evaluó la  
consistencia interna del cuestionario aplicado. El análisis de fiabilidad se realizó sobre  
22 ítems del instrumento, utilizando IBM SPSS Statistics. De los 728 casos registrados,  
673 fueron válidos para este procedimiento, equivalentes al 92.4%, mientras que 55  
casos fueron excluidos mediante eliminación por lista debido a valores perdidos en  
alguna de las variables analizadas.  
Los resultados mostraron un alfa de Cronbach de 0.813 y un alfa basada en elementos  
estandarizados de 0.842. Estos valores indican una consistencia interna adecuada del  
instrumento y permiten considerar que los ítems utilizados mantienen coherencia  
estadística para medir las dimensiones asociadas a la videovigilancia, la seguridad  
percibida, la efectividad del sistema, la confianza institucional, el marco normativo y la  
privacidad.  
La matriz de correlaciones entre ítems evidenció asociaciones positivas relevantes  
entre los indicadores de seguridad percibida, especialmente entre sentirse más seguro,  
reducción del delito y tranquilidad en espacios vigilados. También se observaron  
relaciones altas entre los ítems de efectividad del sistema, vinculados con disuasión,  
generación de evidencia y monitoreo. Estos resultados respaldan la coherencia interna  
del instrumento y justifican la continuidad de los análisis estadísticos posteriores.  
Posteriormente, se realizó el análisis de correlaciones de Pearson entre las variables  
principales del modelo. La seguridad percibida presentó correlaciones positivas y  
estadísticamente significativas con todas las dimensiones analizadas. La asociación  
más alta se observó con la confianza institucional (r = 0.645; p < 0.001), seguida por el  
marco normativo (r = 0.503; p < 0.001), la privacidad y protección de derechos (r =  
0.352; p < 0.001), la efectividad percibida del sistema (r = 0.222; p < 0.001) y la  
presencia de videovigilancia (r = 0.133; p < 0.001).  
Estos resultados indican que la percepción de seguridad ciudadana se relaciona con la  
confianza en las autoridades, la existencia de un marco normativo claro y la valoración  
de la efectividad del sistema de videovigilancia. La correlación más elevada con la  
confianza institucional sugiere que la seguridad percibida no depende únicamente de la  
presencia física de cámaras, sino de la credibilidad de las instituciones responsables de  
gestionar dichas tecnologías.  
Gráfico 1  
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Correlaciones de Pearson entre seguridad percibida y variables explicativas del modelo  
Fuente: elaboración propia con base en SPSS.  
En el gráfico de barras horizontales se muestra que la seguridad percibida se asocia  
principalmente con la confianza institucional, seguida del marco normativo, la  
privacidad, la efectividad percibida y la presencia de videovigilancia.  
El modelo de regresión múltiple explicó aproximadamente el 44 % de la variabilidad de  
la seguridad percibida (R² = 0.440). La confianza institucional constituyó el predictor  
principal del modelo (β = 0.520), seguida por el marco normativo (β = 0.150) y por la  
efectividad percibida del sistema (β = 0.060).  
La presencia de videovigilancia y la privacidad no presentaron efectos directos  
significativos cuando se analizaron conjuntamente con las demás variables. Este  
resultado sugiere que la simple instalación de cámaras no garantiza mayor percepción  
de seguridad si no existe confianza en las autoridades, regulación clara y efectividad  
operativa.  
En el componente cualitativo emergieron cinco dimensiones centrales: seguridad y  
prevención del delito, capacidad institucional, marco jurídico, ética y privacidad, y  
confianza institucional. Los códigos de mayor frecuencia fueron vacíos normativos (10),  
necesidad de ley específica (9), registro probatorio de hechos (9), efecto disuasivo del  
delito (8) y desconocimiento de la normativa (8).  
El patrón interpretativo fue el de una valoración positiva, pero condicionada, de la  
videovigilancia. Los participantes reconocieron la utilidad de las cámaras para prevenir,  
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registrar y reconstruir hechos; sin embargo, también señalaron riesgos asociados al  
vacío normativo, al uso indebido de imágenes y a la falta de controles institucionales.  
Tabla 3  
Modelo de regresión múltiple e integración sintética de hipótesis  
Predictor o hipótesis  
Resultado  
Interpretación  
El modelo explica 44 % de la varianza de  
la seguridad percibida  
R² del modelo  
0.440  
Confianza institucional  
Marco normativo  
β = 0.520  
β = 0.150  
β = 0.060  
Predictor principal  
Influencia positiva significativa  
Influencia positiva significativa  
Efectividad percibida  
No produce efecto directo en el modelo  
conjunto  
Presencia de videovigilancia  
Privacidad  
No significativa  
No significativa  
Relevante en debate jurídico, no en  
efecto directo  
La videovigilancia mejora la seguridad  
percibida cuando media confianza y  
regulación  
H1 general  
Confirmación parcial  
H1a  
H1b  
Confirmación parcial  
Confirmada  
La presencia visible no basta por sí sola  
La efectividad percibida influye  
positivamente  
H1c  
H1d  
Confirmada  
Confirmada  
La confianza institucional es decisiva  
El marco normativo mejora la legitimidad  
No confirmada  
cuantitativamente  
La privacidad pesa en lo jurídico-social,  
no en el modelo directo  
H1e  
Fuente: elaboración propia con base en SPSS y en la evaluación empírica de hipótesis.  
Análisis y discusión de los resultados  
Los hallazgos muestran que la videovigilancia no actúa como variable autosuficiente. El  
hecho de que la confianza institucional alcance el mayor peso explicativo implica que la  
seguridad percibida, se construye menos, desde la mera presencia física de la  
tecnología y más desde la credibilidad del aparato estatal que la gestiona.  
En términos de política pública, esto desplaza el foco desde instalar cámaras hacia  
gobernar legítimamente la vigilancia. El resultado es relevante para la República  
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Dominicana porque permite comprender que la infraestructura tecnológica, aunque  
necesaria, no sustituye la legitimidad institucional ni a la coordinación operativa.  
La significación del marco normativo confirma que la ciudadanía valora positivamente la  
existencia de reglas claras sobre instalación, acceso, conservación y uso de las  
grabaciones. Este resultado es particularmente importante porque el problema doctoral  
identifica un vacío de estandarización probatoria y de certeza jurídica sobre la  
utilización de grabaciones públicas y privadas en sede penal.  
En otras palabras, la legitimidad del sistema no nace solo de su utilidad policial, sino  
también de su previsibilidad jurídica. Un sistema de videovigilancia sin reglas claras  
puede generar registros visuales, pero no necesariamente pruebas confiables ni  
garantías suficientes para la tutela judicial efectiva.  
El componente cualitativo robustece esa lectura. Las entrevistas no niegan la utilidad  
práctica de las cámaras; al contrario, reconocen su valor disuasivo, su utilidad para  
reconstruir hechos y su pertinencia como apoyo probatorio. Sin embargo, esa  
aceptación es condicional y aparece atravesada por el temor al uso indebido de  
imágenes, a la ausencia de controles y a la falta de una ley específica.  
Desde el punto de vista técnico, la protección de las grabaciones requiere mecanismos  
seguros de almacenamiento, intercambio autorizado y control de acceso, especialmente  
cuando los videos pueden ser utilizados por cuerpos policiales, tribunales u organismos  
de investigación (Fitwi & Chen, 2021).  
Desde el marco teórico de la tesis, esta tensión puede leerse con Foucault (2002) en  
que la expansión de la visibilidad puede convertirse en un mecanismo de control si no  
se encuentra sujeta a finalidad legítima, necesidad, proporcionalidad y rendición de  
cuentas. Al mismo tiempo, el enfoque de seguridad humana del PNUD, impide reducir  
el debate a una lógica exclusivamente punitiva.  
La investigación permite sostener que la videovigilancia debe orientarse a la protección  
integral de la persona y de la comunidad. Este enfoque exige que la tecnología sea  
evaluada no solo por su capacidad de registrar eventos, sino por su contribución  
efectiva a la prevención, la respuesta institucional, la transparencia y el respeto a los  
derechos fundamentales.  
En clave comparada, la discusión contemporánea sobre videovigilancia se orienta hacia  
la necesidad de definir finalidades legítimas, límites de acceso, protección de datos,  
proporcionalidad y mecanismos de control institucional. Estos elementos resultan  
pertinentes para el contexto dominicano, donde la ausencia de una regulación  
específica limita el uso jurídico y operativo de las grabaciones.  
El análisis jurídico dominicano evidencia un espacio de dispersión normativa. La Ley  
184-17 regula el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1;  
mientras que la Ley 53-07 aborda crímenes y delitos de alta tecnología; y por su parte,  
la Ley 172-13 protege los datos personales (Congreso Nacional de la República  
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Videovigilancia, confianza institucional y seguridad ciudadana en República Dominicana  
Welinton Rafael Mejía González  
Carlos Eduardo UC Ríos  
Volumen: 18  
Recepción: 11/06/2026  
Número: 3  
Trimestre: julio-septiembre  
Aprobado: 10/08/2026  
Año: 2026  
Artículo original  
Dominicana). Sin embargo, ninguna de estas normas desarrolla de manera integral el  
régimen específico de videovigilancia pública y privada.  
El vacío se expresa en varios planos: instalación de cámaras, señalización, finalidad del  
tratamiento, acceso autorizado, conservación de imágenes, interoperabilidad, cadena  
de custodia digital, auditoría de accesos y admisibilidad procesal. Esta ausencia  
dificulta que las grabaciones sean usadas de forma estandarizada y fehaciente en los  
tribunales.  
En conjunto, los resultados sostienen una tesis fuerte: la videovigilancia mejora la  
percepción de seguridad solo cuando se integra a capacidades institucionales creíbles,  
a protocolos de operación, a interoperabilidad y a una norma jurídica específica que  
armonice seguridad ciudadana, privacidad, dignidad y debido proceso.  
Por eso, la simple instalación de infraestructura no basta. Lo decisivo es el ecosistema  
normativo e institucional que vuelve legítima, verificable y procesalmente utilizable la  
información obtenida mediante cámaras de videovigilancia.  
Gráfico 2  
Diagrama conceptual que presenta la seguridad percibida  
Fuente: elaboración propia a partir de la triangulación cuantitativa y cualitativa.  
El diagrama conceptual representa la seguridad percibida como variable dependiente y  
la explica principalmente por la confianza institucional, el marco normativo y la  
efectividad percibida, mientras que la presencia de cámaras y la privacidad quedan  
como dimensiones secundarias.  
Conclusiones  
La investigación permitió establecer que la percepción de seguridad ciudadana en la  
República Dominicana constituye un fenómeno multidimensional, condicionado por  
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Videovigilancia, confianza institucional y seguridad ciudadana en República Dominicana  
Welinton Rafael Mejía González  
Carlos Eduardo UC Ríos  
Volumen: 18  
Recepción: 11/06/2026  
Número: 3  
Trimestre: julio-septiembre  
Aprobado: 10/08/2026  
Año: 2026  
Artículo original  
factores tecnológicos, institucionales y normativos. Los resultados evidencian que la  
videovigilancia, por sí sola, no garantiza un incremento significativo de la seguridad  
percibida cuando se analiza conjuntamente con variables de mayor peso explicativo.  
La confianza institucional emergió como el factor con mayor incidencia sobre la  
seguridad percibida, seguida del marco normativo y de la efectividad percibida del  
sistema de videovigilancia. Este hallazgo confirma que la tecnología requiere  
legitimidad institucional, capacidad operativa y reglas claras para generar confianza  
ciudadana y contribuir de manera efectiva a la seguridad pública.  
El estudio también evidenció que la ausencia de una regulación específica sobre  
instalación, acceso, tratamiento, conservación, interoperabilidad y valor probatorio de  
las grabaciones limita el aprovechamiento jurídico e institucional de la videovigilancia.  
Esta situación afecta la posibilidad de utilizar las imágenes como apoyo confiable para  
las autoridades y plantea desafíos relacionados con la tutela judicial efectiva, la  
privacidad y el debido proceso.  
Se concluye que la República Dominicana requiere una norma jurídica especial sobre  
videovigilancia pública y privada, orientada a definir autoridades responsables, criterios  
técnicos mínimos, protocolos de acceso, plazos de conservación, cadena de custodia,  
trazabilidad de las grabaciones y mecanismos de supervisión institucional. Esta  
regulación debe armonizar la seguridad ciudadana con la dignidad humana, la  
privacidad y las garantías previstas en los artículos 68 y 69 de la Constitución de la  
República Dominicana.  
En consecuencia, la videovigilancia debe ser concebida como una herramienta de  
apoyo a las autoridades dentro de una política pública integral de seguridad, justicia y  
gobernanza tecnológica. Su legitimidad dependerá de la confianza ciudadana, la  
transparencia, la proporcionalidad, la capacidad operativa y el control democrático  
sobre el uso de las imágenes.  
Referencias bibliográficas  
Ardabili, B. R., Pazho, A. D., Noghre, G. A., Neff, C., Bhaskararayuni, S. D., Ravindran,  
A., Reid, S. & Tabkhi, H. (2023). Understanding policy and technical aspects of  
AI-enabled smart video surveillance to address public safety. ArXiv.  
Asamblea Nacional Revisora de la República Dominicana [ANRRD]. (10 de julio de  
2015). Constitución política de la República Dominicana. Gaceta Oficial No.  
Fitwi, A. & Chen, Y. (2021). Secure and privacy-preserving stored surveillance video  
sharing  
atop  
permissioned  
blockchain.  
ArXiv.  
Foucault, M. (2002). Vigilar y castigar: Nacimiento de la prisión. Siglo XXI Editores.  
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Videovigilancia, confianza institucional y seguridad ciudadana en República Dominicana  
Welinton Rafael Mejía González  
Carlos Eduardo UC Ríos  
Volumen: 18  
Recepción: 11/06/2026  
Número: 3  
Trimestre: julio-septiembre  
Aprobado: 10/08/2026  
Año: 2026  
Artículo original  
Hernández Sampieri, R., Fernández Collado, C. y Baptista Lucio, P. (2014).  
Metodología de la investigación (6.ª ed.). McGraw-Hill Education.  
Lio, V. (2015). Ciudades, cámaras de seguridad y video-vigilancia: estado del arte y  
perspectivas  
de  
investigación.  
Astrolabio  
(15),  
273-302.  
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo [PENUD]. (1994). Informe sobre  
desarrollo humano 1994: Nuevas dimensiones de la seguridad humana. Fondo  
de Cultura Económica.  
Congreso Nacional de República Dominicana. (2007). Ley 53-07 sobre crímenes y  
delitos de alta tecnología. [Archivo PDF]. Gaceta Oficial de la República  
Dominicana  
10416.  
Santo  
Domingo.  
Congreso Nacional de República Dominicana. (2013). Ley 172-13 sobre protección de  
datos de carácter personal. Gaceta Oficial No. 10737. https://iad.gob.do/wp-  
Congreso Nacional de República Dominicana. (2017). Ley 184-17 sobre el Sistema  
Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1. Gaceta Oficial No.  
Declaración de conflictos de intereses  
Los autores declaran que no existen conflictos de intereses personales, académicos, institucionales, financieros o de  
cualquier otra naturaleza que hayan influido en el diseño, desarrollo, análisis, redacción o conclusiones del presente  
artículo.  
Contribución de los autores  
Welinton Rafael Mejía González participó en la conceptualización del estudio, el diseño metodológico, el  
levantamiento y análisis de los datos, el análisis normativo, la interpretación de los resultados, la redacción del  
borrador original y la revisión final del artículo.  
Carlos Eduardo UC Ríos participó en la supervisión científica del proceso investigativo, la orientación metodológica,  
la revisión crítica del contenido y la validación académica general del manuscrito.  
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