Vulneración del principio de inmediación en audiencias telemáticas y afectación al derecho a la
defensa
Guido Paúl Kirby Chamba
William Paúl Kirby Goméz
Mónica Gabriela Luzarraga Salazar
Volumen: 17
Número: 1
Año: 2025
Recepción: 27/10/2024 Aprobado: 06/01/2025
Artículo de revisión
El derecho de defensa consiste en la facultad del imputado de intervenir en el
procedimiento penal que se dirige en su contra, para poner en evidencia la falta de
fundamento de la pretensión punitiva estatal o de cualquier circunstancia que la
excluya o atenúe; tal derecho comprende lo siguiente: a) ser oído, lo que presupone
conocer el contenido de los cargos que se le imputan y los antecedentes que lo
fundan, con el objeto de ejercer adecuadamente su defensa y de formular los
planteamientos y las alegaciones que le convengan, por principio, salvo excepciones,
en todas las etapas del procedimiento penal; b) controlar y controvertir la prueba de
cargo; c) probar los hechos que él mismo invoca para excluir o atenuar la reacción
penal; d) valorar la prueba producida y exponer las razones fácticas y jurídicas para
obtener del tribunal una sentencia favorable, y e) defenderse personalmente o, si
esto no le fuera permitido, elegir a quien lo represente o lo asista. (p. 1)
La crisis sanitaria global provocada por la pandemia de COVID-19 obligó a los
sistemas judiciales de numerosos países a adoptar medidas extraordinarias para
asegurar la continuidad de los procedimientos judiciales. Sin embargo, la transición a
la modalidad telemática no estuvo exenta de controversias, especialmente en cuanto
a la vulneración del principio de inmediación. De acuerdo con estudios recientes, la
sustitución de la presencia física de los jueces, las partes y los abogados por
interacciones virtuales ha generado serias dudas sobre la efectividad de la defensa y
la equidad del juicio. El contacto visual directo entre el juez y los intervinientes, la
observación de la comunicación no verbal y la capacidad de evaluar el
comportamiento de las partes son aspectos fundamentales que se ven
comprometidos en un entorno virtual (Ramírez y Vallejo, 2022).
La falta de inmediatez, al sustituirse la percepción directa por una mediada por
pantallas, afecta tanto al juez como a las partes procesales, quienes pueden sentirse
desconectados del proceso, especialmente en casos que requieren la apreciación
minuciosa de las emociones, la coherencia de los testimonios o la veracidad de las
declaraciones. Además, la dependencia tecnológica plantea otra preocupación: en
áreas con escasa infraestructura digital, como muchas zonas rurales de Ecuador, la
calidad de la conexión a internet y la disponibilidad de equipos adecuados resultan
ser barreras que afectan la igualdad de condiciones entre las partes procesales.
Asimismo, el 18 de marzo de 2023, un terremoto de magnitud 6.6 sacudió las
provincias de El Oro, Guayas, Azuay y Cañar, causando daños significativos a la
infraestructura pública y privada. En el caso específico de la Corte Provincial de
Justicia de El Oro, ubicada en Machala, los daños estructurales y la inestabilidad de
las instalaciones obligaron a la reconfiguración temporal de sus operaciones,
favoreciendo aún más la dependencia de las audiencias telemáticas. Este contexto,
combinado con las limitaciones tecnológicas en la región, exacerbó las dificultades
inherentes a la modalidad virtual, generando un impacto directo sobre la equidad del
proceso judicial.
Estudios recientes sobre la respuesta judicial al terremoto indican que, en muchas
localidades afectadas, la falta de acceso a equipos adecuados y a internet de alta
calidad contribuyó a un deterioro adicional del principio de inmediación. La Corte
Provincial de El Oro, por ejemplo, vio cómo sus audiencias se suspendían o se
retrasaban debido a fallos en las plataformas digitales o problemas de conectividad,
lo que resultó en una prolongación innecesaria de los procesos judiciales. Este
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